standard-title Reproducción asistida en mujeres homosexuales

Reproducción asistida en mujeres homosexuales

La sociedad española se ha convertido en una de las más abiertas y respetuosas con la condición sexual de cada persona, algo que queda expresamente recogido en nuestra legislación en materia de reproducción asistida:

Toda mujer mayor de 18 años y con plena capacidad de obrar podrá ser receptora o usuaria de las técnicas reguladas en esta Ley, siempre que haya prestado su consentimiento escrito a su utilización de manera libre, consciente y expresa. La mujer podrá ser usuaria o receptora de las técnicas reguladas en esta Ley con independencia de su estado civil y orientación sexual”.

¿Cuáles son los tratamientos a los que puede someterse una pareja homosexual femenina?

La opciones que la reproducción asistida ofrece a las madres lesbianas para lograr el embarazo son básicamente las mismas que a cualquier otra mujer con la diferencia de que siempre tendremos que recurrir a la utilización de muestras de semen de banco. Adicionalmente las mujeres lesbianas que estén casadas pueden optar por el método ROPA.

 

¿Qué es el método ROPA?

Una alternativa cada vez más demandada por las parejas lesbianas es el conocido como método ROPA (Recepción de Ovocitos de la Pareja), también llamado Maternidad Compartida. Consiste en un tratamiento de FIV compartido entre ambas mujeres, siendo una de ellas la que se somete a la estimulación ovárica y aporta sus ovocitos y la otra la que recibe en su útero los embriones resultantes tras la fecundación de dichos ovocitos con semen de donante.

De esta manera ambas mujeres participan activamente en el proceso como madres biológicas: la primera como madre genética y la segunda como madre gestante.

En España la donación es anónima por ley. Por eso, la Ley de la Reproducción Asistida 14/2006 fue modificada para reconocer que ambas madres son progenitoras del niño nacido gracias a técnicas de reproducción asistida, tanto si han llevado el tratamiento por razones médicas o por elección. Esto último hace que esta donación de óvulos no anónima sea una excepción legal en el caso de parejas lesbianas casadas.

Las parejas de mujeres tienen varias opciones para conseguir ser madres. Junto con la Inseminación Artificial y la Fecundación In Vitro con semen de donante, el Método Ropa, o maternidad compartida, es una de las alternativas de las que disponen. El método ROPA (recepción de ovocitos de la pareja) es un tratamiento de Reproducción Asistida indicado en parejas de mujeres que quieran compartir la maternidad. De esta manera, ambas pueden participar activamente en traer al mundo a su futuro bebé, siendo una de ellas la donante de óvulos y la otra la receptora, que será quien se embarace.

 

¿Y si no podemos usar nuestros óvulos?

Adicionalmente, en los casos en los que exista alguna circunstancia que recomiende no utilizar sus propios óvulos, también existe la posibilidad de recurrir a ovocitos o a embriones donados.

¿En qué consiste el método ROPA?

Se trata de una variante de la Fecundación in vitro (FIV) en la que se sincronizan los ciclos reproductivos de ambas mujeres, tanto donante (LA QUE APORTA LOS ÓVULOS) como receptora (LA QUE SERÁ LA MADRE GESTANTE).

La mujer que aporta el óvulo se someterá a una estimulación ovárica para realizar una punción folicular y así obtener óvulos, mientras que la mujer receptora preparará simultáneamente el endometrio. Tras la punción de la donante, se  fecundarán en el laboratorio los óvulos con el semen, que procederá de un donante anónimo, transfiriéndose posteriormente los embriones generados al útero de la receptora.

Por tanto, el papel de ambas mujeres en este tratamiento de fecundación in vitro es determinante, puesto que una será la madre biológica (mediante la donación de óvulos), y la otra será la madre gestante (la receptora del embrión/embriones generados).

¿Cuándo está indicado?

Es una alternativa en parejas homosexuales femeninas que deseen afrontar la maternidad de manera compartida, bien por elección, o bien por motivos médicos de alguna de ellas (pacientes con baja reserva ovárica, fallo ovárico prematuro, enfermedades hereditarias transmisibles a la descendencia, fracaso de otras técnicas de reproducción asistida…).

¿Cuáles son los requisitos legales en España?

Puesto que se trata de una donación de óvulos no anónima, la Ley de Reproducción Asistida 14/2006 establece que las mujeres que realizan el método ROPA deben estar casadas, contrayendo así ambas las mismas obligaciones y derechos legales con el futuro bebé.

De esta manera, además, se puede reconocer legalmente la maternidad de la mujer que aporta el óvulo (madre genética).

¿Cuál es la tasa de éxito?

La tasa de éxito del Método ROPA es una de las más altas en tratamientos de reproducción asistida, pudiendo alcanzar hasta el 65-70%. La probabilidad acumulada de embarazo puede aumentar hasta el 80% – 90%, aunque hay que tener en cuenta que esta tasa está muy relacionada tanto con la edad como con la reserva ovárica de la mujer donante del óvulo.

También es importante conocer el estado del útero de la mujer gestante, puesto que cualquier patología a este nivel puede disminuir la probabilidad de embarazo.

¿Qué debemos saber respecto al semen de donante?

  • La donación de gametos en España es de carácter anónimo, por lo que no se permite a las mujeres aportar o escoger su donante. Las usuarias del método ROPA y sus hijos nacidos gracias a este tratamiento sí tienen derecho a obtener información general sobre el donante, siempre que no incluya su identidad.
  • Los donantes de semen son mayores de edad, y han sido aceptados después de realizar el estudio establecido por Ley, según el cual no padecen enfermedades transmisibles a la descendencia o a la receptora, ni tampoco alteraciones en la muestra de semen.
  • La donación se realiza en un Banco de Semen con acreditación oficial. La elección del donante la realiza el equipo médico del Banco de Semen, cumpliendo las condiciones de idoneidad requeridas por la Ley.
  • El número máximo de gestaciones que pueden obtenerse por donante es de seis, incluyendo a sus propios descendientes generados por reproducción no asistida.
  • Para someterse al tratamiento se precisa el consentimiento escrito de la mujer y de su cónyuge, si lo hubiera, quedando así establecida la filiación legal de la descendencia obtenida.

¿En qué consiste el tratamiento?

El método ROPA consta de varias fases en las que intervienen ambas mujeres de una u otra manera.

  • Estimulación ovárica de la mujer que aporta los óvulos

La mujer que va a aportar el óvulo se somete a una estimulación ovárica, de manera similar a una FIV convencional. Para ello, desde el segundo o tercer día de la regla se emplean hormonas que se inyectan vía subcutánea, haciendo que crezcan varios folículos de manera simultánea, consiguiéndose así más ovocitos. Durante este proceso se realizan controles ecográficos periódicos (cada 48h generalmente), asociados o no a analíticas de sangre para medir los niveles hormonales de la mujer, pudiendo valorar así el momento ideal en el que se debe realizar a la inducción de lo ovulación con una nueva medicación. Tras ello, unas 34-36 horas después, se procede a realizar la punción folicular, bajo sedación, para extraer los óvulos.

  • Preparación de la mujer que recibe el embrión

Mientras la mujer que aporta el óvulo está realizando la estimulación ovárica, se lleva a cabo la preparación endometrial de la mujer que va a recibir el embrión para quedarse embarazada, de manera que éste tenga las mejores condiciones para la implantación del mismo. Esto se realiza administrando un tratamiento hormonal con estrógenos (generalmente vía oral o transdérmica) para conseguir un correcto grosor endometrial, lo cual se mide también mediante una ecografía vaginal.

Desde el mismo día en que se realiza la punción ovárica, se añade al tratamiento con estrógenos progesterona, generalmente vía vaginal, para aumentar las posibilidades de implantación.

  • Punción folicular

Se programa cuando los folículos han alcanzado el tamaño adecuado, medido mediante ecografía. Es un procedimiento sencillo y de corta duración, que se realiza en quirófano, bajo sedación.

Mediante la punción se obtienen los ovocitos que, tras confirmar que son maduros, se fecundan con el semen de donante, para así conseguir los embriones. Durante los siguientes días se controla la evolución de los mismos, hasta que se lleve a cabo la transferencia, que será entre dos y cinco días tras la punción.

  • Transferencia embrionaria

Una vez preparado el endometrio de la mujer receptora y una vez obtenidos los embriones, se selecciona el embrión de mejor calidad, transfiriéndose al interior del útero de la mujer receptora para conseguir el embarazo.

Siempre que se pueda se transferirá un embrión en estadio de blastocisto (quinto día tras la punción) para tener las mejores tasas de embarazo y minimizar el riesgo de gestación gemelar.

Si existen más embriones de buena calidad (además del que se transfiera), estos se pueden congelar para futuros embarazos o para realizar un nuevo intento, en caso de que el primero no haya funcionado.

La transferencia es un proceso rápido e indoloro, que se lleva a cabo con una cánula mediante la cual se depositan los embriones dentro del útero, siempre a la vez que realizamos una ecografía abdominal para asegurarnos de que el embrión queda colocado en el lugar adecuado. No se requiere anestesia ni cuidados especiales posteriores.

Por último, unos 15-20 días después de la punción, se realizará la mujer receptora un análisis se sangre para ver los valores de la beta-hCG, confirmándose así si se ha conseguido embarazo.